Segun la ORDEN de 10 de septiembre de 2007 de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda por la que se aprueban medidas para el control de las especies vegetales exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana. [2007/11801]:
Se prohibe, con carácter general, facilitar la implantación, sembrar o plantar, y abandonar los restos de las siguientes especies en terrenos forestales y zonas humedas:
Agave spp; Piteras –todas las especies–.
Aloe arborescens.
Aptenia lancifolia.
Araujia sericifera.
Arctotheca calendula.
Azolla filiculoides; Azolla.
Carpobrotus; Uña de gato – todas las especies–.
Cenchrus ciliaris.
Chloris gayana.
Cortaderia selloana; Hierba de la Pampa.
Cyperus alternifolius subsp flabeliformis
Disphyma crassifolium; Flor del mediodia.
Egeria densa; Peste densa.
Eichhornia crassipes; Jacinto de agua.
Elodea canadensis; Broza del Canadá.
Gazania – todas las especies –.
Helianthus tuberosus; Patata de caña.
Heteranthera limosa; Ensalada de pato.
Ipomoea cairica.
Ipomoea purpurea; Campanilla morada.
Ipomoea indica.
Lonicera japonica,
Ludwigia – todas las especies –.
Oenothera biennis. Hierba del asno.
Opuntia spp; Chumberas, Paleras – todas las especies, incluidas Cylindropuntia,
Platyopuntia, Brasiliopuntia, Austrocylindropuntia–.
Oxalis pes-caprae –solo en medio dunar–.
Pelargonium capitatum.
Pennisetum clandestinum.
Pennisetum setaceum.
Pennisetum villosum.
Salvinia natans.
Tradescantia; Amor de hombre – todas las especies –.
Yucca aloifolia.
Se prohibe, con carácter general, facilitar la implantación, sembrar o plantar, y abandonar los restos de las siguientes especies en terrenos forestales y zonas humedas sin triturar y que no sean portadores de propágulos (bulbos, ojuelos, hijuelos...) que puedan dar lugar a nuevas plantas:
Acacia cyclops.
Acacia farnesiana.
Ailanthus altissima; Árbol del cielo.
Arundo donax; Caña. Solo podrán depositarse, trituradas, sus partes aereas, no sus rizomas (raices).
Nicotiana glauca;Tabaco moruno.
Ricinus communis; Ricino.
Robinia pseudoacacia; Falsa acacia.
Solanum bonariense.
Esta prohibicion no afecta a los ajardinamientos de los particulares en el ámbito de su propiedad, siempre que no supongan un riesgo constatable de dispersión.
Legislacion Valenciana sobre las plantas invasoras
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